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¿Quieres ahorrar impuestos y simplificar tu contabilidad como profesional? ¡Esta es tu última oportunidad para crear una sociedad de profesionales exenta de IVA! Con nuestro servicio de Creación de Sociedad de Profesionales, podrás constituir tu sociedad con todo incluido. Te asesoramos en todo el proceso y te entregamos toda la documentación necesaria. Pero date prisa, porque el plazo se vence este 31/12/2023 ante el SII. Si no lo haces ahora, perderás los beneficios de la ley y tendrás que pagar más impuestos.

 

DETALLES DEL SERVICIO:

  • Redacción nuestra area legal de la Constitución Sociedad.
  • Asesoría Legal y Tributaria (telefónica).
  • Obtención de Rut ante el Servicio de Impuestos Internos.
  • Declaración de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
  • Tramites ante el SII para obtener la calidad de Sociedad de Profesionales.
  • Firma para escritura online.
  • Obtención de Clave de SII Empresa.
  • Asesoría para determinar Régimen Tributario.
  • Servicio por escritura Empresa en un Día.
  • Servicio contable y laborar por 3 meses para la sociedad creada.

 

AL FINALIZAR EL SERVICIO RECIBIRÁS:

  • Estatuto de Sociedad.
  • Certificado de vigencia.
  • Certificado de Inicio de actividades.
  • Cretificado de Sociedad de Profesionales.
  • E-Rut de los socios.
  • Certificado de solicitud de verificación de actividades.
  • Factura por el servicio prestado.

Servicio Creación Sociedad de Profesionales

$520.000Precio
  • Adactiva SpA puede solicitar información personal a sus clientes para la venta de los servicios que ofrece. Toda la información que faciliten los clientes al momento de efectuar una compra deberá ser veraz. Por ello, el cliente garantiza la autenticidad de todos aquellos datos que comunique. De igual forma, será responsabilidad del cliente mantener toda la información facilitada a Adactiva SpA. El cliente será el único responsable de las manifestaciones falsas o inexactas que realice y de los perjuicios que cause a Adactiva SpA o a terceros por la información que facilite.

    La Ley 19.496 dispone que el consumidor puede poner término en forma unilateral al contrato, en el plazo de 10 días contados desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo (art. 3 bis inc.1º). Tratándose de servicios, la devolución solo comprenderá aquellas sumas abonadas que no correspondan a servicios ya prestados a la fecha del retracto (art. 3 bis inc.3º).

    Dado lo anterior, podemos señalar que el consumidor por ley siempre podrá solicitar la devolución en el plazo de 10 días, siempre y cuando no haya comenzado el servicio ni haya pasado más de 1 año desde el día de contratación. Solo tienes que contactar a Adactiva SpA para realizar la solicitud.

    El cliente no podrá retractarse si el servicio ya comenzó a prestarse no pudiendo dejarse inconcluso el mismo, no teniendo derecho el cliente solicitar devolución alguna.

    La solicitud de devolución se debe presentar adjuntando los siguientes documentos:

     

    .- Comprobante de pago

    Las devoluciones se harán efectivas en un período no superior a 30 días hábiles, desde la presentación de la solicitud por parte del cliente. La devolución se efectuará mediante transferencia electrónica a la cuenta que el cliente indique

    Los fondos reintegrables en este caso serán solo aquellos que el usuario o usuaria no hayan utilizado y en consideración del valor normal, Perdiendo descuentos o promociones adquiridas.

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