A partir del 16 de Septiembre han cambiado las condiciones para obtener los subsidios al empleo, beneficios que hoy buscan fomentar la contratación de nuevas personas, como también recontratar al personal que haya sido suspendido. Seguir leyendo...
El subsidio al empleo tiene dos líneas (Dos subsidios diferentes).
1. LÍNEA REGRESA
Requisitos que debe cumplir la empresa
Tratarse de una empresa con hasta 199 trabajadores con contrato de trabajo vigente al 31 de mayo de 2021.
Ser contribuyente de primera categoría.
Requisitos que debe cumplir el trabajador
Mayores de 18 años
Tener una remuneración brutal mensual de hasta 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) aproximadamente; y
Haber estado acogido a suspensión laboral por Ley de Protección del Empleo y haber sido reincorporado a sus funciones.
Montos del Beneficio
Hombres entre 24 y 55 años: $160.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez: $200.000 mensuales.
2. LÍNEA CONTRATA
Requisitos que debe cumplir la empresa
Tratarse de una empresa con hasta 199 trabajadores con contrato de trabajo vigente al 31 de mayo de 2021.
Ser contribuyente de primera categoría.
Incrementar el número de trabajadores con contrato de trabajo vigente en la empresa, respecto de la planilla de trabajadores existentes al 31 de mayo de 2021.
Requisitos que debe cumplir el trabajador
Mayores de 18 años.
Tener una remuneración brutal mensual de hasta 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) aproximadamente.
Montos del Beneficio
Hombres entre 24 y 55 años: 50% de la remuneración bruta mensual, con un tope de $250.000.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez: 65% de la remuneración bruta mensual, con un tope de $290.000.
Para ambos subsidios, se debe postular al beneficio por cada trabajador o trabajadora dentro de los 30 días siguientes a su contratación.
NOTA IMPORTANTE PARA TU EMPRESA
Para ambos subsidios, se debe postular al beneficio por cada trabajador o trabajadora dentro de los 30 días siguientes a su contratación.
Si eres cliente de nuestros servicios laborales no te preocupes, ya que nosotros estamos revisando y realizando el tramite y la postulación por ti. Te mantendremos informado de esto.
Como ya es costumbre, en Adactiva® buscamos que siempre cumplas con toda la normativa legal que rige a tu empresa, y recuerda que si eres cliente y aún tienes dudas puedes llamar a tu ejecutiva para guiarte en lo que necesites.
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